36. El inventario en los organismos públicos de investigación. La gestión patrimonial y el patrimonio empresarial: creación y participación en sociedades mercantiles.
El inventario en los Organismos Públicos de Investigación (OPIs)
En los Organismos Públicos de Investigación (OPIs), el inventario es un registro detallado y sistemático de todos los bienes muebles e inmuebles que pertenecen a la entidad. La correcta gestión de estos inventarios es esencial para asegurar la trazabilidad de los recursos y facilitar la gestión eficiente de los mismos. Este inventario debe ajustarse a las normativas establecidas por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y el Real Decreto 710/2015, que regula la gestión económico-financiera de los organismos públicos.
El inventario debe incluir tanto bienes de uso común como los equipos científicos de alto valor, imprescindibles para la realización de proyectos de investigación. Entre los aspectos clave de la gestión del inventario se encuentran:
Registro de bienes: Todos los bienes, desde equipos hasta materiales de oficina, deben ser registrados y codificados para un seguimiento adecuado.
Valoración y mantenimiento: El valor de los bienes debe ser actualizado regularmente, y los bienes susceptibles de ser depreciados deben seguir un plan de mantenimiento y renovación.
Control de la disponibilidad: Es fundamental asegurar que los bienes estén disponibles cuando se necesiten, lo que requiere una correcta planificación y control de los recursos materiales.
Auditoría interna: Los OPIs deben realizar auditorías periódicas para comprobar la existencia, estado y uso de los bienes inventariados.
La gestión patrimonial y el patrimonio empresarial
La gestión patrimonial en los OPIs abarca tanto los bienes materiales como los intangibles, como las propiedades intelectuales, las patentes y los derechos de autor generados en el marco de proyectos de investigación. La gestión de estos activos es clave para asegurar la transferencia de conocimiento y maximizar los beneficios de la investigación pública.
El patrimonio empresarial de los OPIs puede incluir sociedades mercantiles en las que participan para facilitar la transferencia de tecnología y la comercialización de innovaciones. Las sociedades mercantiles son estructuras jurídicas que permiten a los OPIs explorar actividades empresariales con el fin de financiar la investigación y fomentar la colaboración público-privada.
Creación de sociedades mercantiles: Los OPIs, en ocasiones, constituyen fundaciones o sociedades mercantiles con el objetivo de crear un vehículo de transferencia de tecnología o de comercialización de resultados de investigación. Estas entidades permiten un modelo de gestión más ágil y adaptado a la innovación empresarial, a menudo colaborando con empresas del sector privado.
Participación en sociedades mercantiles: Las OPIs pueden participar en sociedades mercantiles ya existentes, con el fin de aprovechar las oportunidades de desarrollo de productos derivados de sus investigaciones. Esto facilita la transferencia de tecnologías a la industria y puede generar ingresos adicionales para financiar futuras investigaciones.
El marco legal de estas actividades está regulado principalmente por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y por la Ley 40/2015, de régimen jurídico del sector público. Además, las fundaciones y sociedades mercantiles creadas deben ajustarse a la legislación fiscal, financiera y laboral vigente para garantizar su eficacia y transparencia.
Fuentes
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-20831
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